Es posible que un solo título represente la totalidad de las acciones de propiedad de un accionista

Superintendencia de Sociedades. Concepto No. 220-216622 de 29 de octubre de 2020

La Superintendencia señaló que, siempre y cuando los títulos incluyan, entre otros, el nombre de la sociedad, su domicilio, los datos del documento privado o público de constitución, el número de acciones representado en cada título, la clase y valor nominal de las acciones, la limitación a la negociabilidad de las mismas si fuere el caso y el nombre del titular, es posible que un solo título represente la totalidad de las acciones de propiedad de un accionista.

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