Ministerio de Industria, Comercio y Turismo reglamenta las medidas especiales en los procesos de insolvencia creados en el marco de la emergencia sanitaria

Decreto 1332 de 06 de octubre de 2020

El MinComercio consideró necesario adoptar el decreto 1332 de 2020 con el fin de:

  1. Precisar la aplicación y coordinación de los procesos de reorganización abreviado y liquidación judicial simplificado para pequeñas insolvencias.
  2. Precisar que la presentación de objeciones al proyecto de calificación y graduación de créditos y la determinación de derechos de voto se debe hacer ante el Juez del Concurso para que obren en el expediente.
  3. Aclarar, en relación con los procesos de reorganización abreviados, que la designación de los promotores se rige por las normas previstas para estos fines en los procesos de reorganización, en especial las contenidas en la ley 1429 de 2010.
  4. Desarrollar el artículo 5 del Decreto 772 de 2020, respecto de los mecanismos de protección de la empresa y el empleo, definir algunas obligaciones especiales en cabeza de los deudores en proceso de reorganización, o que hayan solicitado ser admitidos a estos procesos y cuya actividad es la construcción de inmuebles destinados a vivienda, con el fin de tramitar dichos mecanismos con eficiencia.
  5. Definir elalcance de la figura de la caducidad de las acciones individuales de cobro en los procesos de liquidación judicial.
  6. Establecer los mecanismos de recuperación de valor en los procesos de liquidación y, en consecuencia, determinar algunos aspectos relativos a la propuesta de adjudicación directa del liquidador.

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