Superintendencia de Sociedades expide concepto donde explica cómo opera la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha
Superintendencia De Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-016853 de febrero 24 de 2021
El artículo 4 de la Ley 2069 de 2020, aplica para todas las sociedades comerciales. No obstante, es necesario precisar que actualmente la causal de disolución contenida en el mismo, se encuentra suspendida, tal y como se expone a continuación: La causal de disolución establecida en el artículo 4o de la Ley 2069 de 2020, debe ser interpretada de acuerdo con los diferentes métodos de interpretación. La aplicación del artículo 4 de la Ley 2069 de 2020, se debe realizar de acuerdo con el procedimiento determinado en el mismo, y en concordancia con lo señalado en los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, sobre normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, ampliamente tratados por la Superintendencia de Sociedades en diferentes documentos, incluso por medio de la Guía de Orientación Contable de junio de 2020.