Superintendencia de Sociedades expide concepto donde explica cómo opera la causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha

Superintendencia De Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-016853 de febrero 24 de 2021

El artículo 4 de la Ley 2069 de 2020, aplica para todas las sociedades comerciales. No obstante, es necesario precisar que actualmente la causal de disolución contenida en el mismo, se encuentra suspendida, tal y como se expone a continuación: La causal de disolución establecida en el artículo 4o de la Ley 2069 de 2020, debe ser interpretada de acuerdo con los diferentes métodos de interpretación. La aplicación del artículo 4 de la Ley 2069 de 2020, se debe realizar de acuerdo con el procedimiento determinado en el mismo, y en concordancia con lo señalado en los decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, sobre normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, ampliamente tratados por la Superintendencia de Sociedades en diferentes documentos, incluso por medio de la Guía de Orientación Contable de junio de 2020.

Insights

Libros

Publicaciones externas