Consejo de Estado explica cómo se determina el costo fiscal de los inmuebles susceptibles de depreciación
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Cuarta. Radicación número: 25000-23-37-000-2016-00774-01(23914). 29 de octubre de 2020. Consejero Ponente: Milton Chaves García
El Consejo de Estado señaló que para determinar el costo fiscal de los inmuebles susceptibles de depreciación (construcciones), resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 2649 de 1993, vigente para el período en discusión, y por ello es procedente tomar el avalúo técnico como base para calcular la deducción por depreciación.
Consejo de Estado señala que si no se notifica a la aseguradora la declaración de incumplimiento no se puede exigir el pago de las pólizas respectivas
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