Consejo de Estado explica cómo se determina si la motivación de liquidaciones tributarias es suficiente
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Cuarta. Radicación número: 05001-23-31-000-2011-01417-01 (21742). 08 de octubre de 2020. Consejero Ponente: Julio Roberto Piza Rodríguez
La jurisprudencia de esta Sección ha considerado que una pauta adecuada para determinar si la motivación de liquidaciones tributarias es suficiente, consiste en verificar si de la lectura de la decisión y de sus antecedentes el destinatario del acto y quien ejerce el control de legalidad pueden inferir las razones precisas y concretas por las cuales se determinó oficialmente la deuda y todas las circunstancias esenciales que permitan entender tal decisión y su alcance.
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