DIAN expide concepto sobre el procedimiento tributario para la compensación de saldos a favor en el régimen Simple
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 181 (Radicado No. 901109 de febrero 12 de 2021)
En el Decreto 1091 de 2020 – que sustituyó algunas disposiciones del Decreto 1625 de 2016 – se incluyeron diferentes tratamientos de los saldos a favor, dependiendo de las circunstancias que concurrieran al caso, a saber: i) Compensación de saldos a favor en la declaración del SIMPLE al momento de optar nuevamente por el régimen del impuesto sobre la renta o de la exclusión del SIMPLE (artículo 1.6.1.21.28 del Decreto 1625 de 2016). ii) Improcedencia de la compensación del saldo a favor liquidado en las declaraciones del impuesto sobre las ventas – IVA presentadas por los contribuyentes del SIMPLE, salvo el saldo a favor que se origine en la declaración anual del impuesto sobre las ventas – IVA en los términos previstos en el artículo 1.6.1.21.31 ibídem. iii) Compensación del ICA en el SIMPLE (artículo 2.1.1.16 ibídem).
La descripción física de la mercancía debe coincidir con los documentos que soportan la declaración de importación
Data Protection & Privacy


