DIAN indica la manera como operan Así operan las sanciones por no presentar el informe maestro en el régimen de precios de transferencia

DIAN. Concepto Tributario No. 784. Radicado No. 902873 de Julio 2 de 2020

El artículo 260-5 del Estatuto Tributario establece que la Documentación Comprobatoria comprende 3 informes en el Régimen de Precios de Transferencia, los cuales son:

  1. Informe Local,
  2. Informe Maestro e
  3. Informe País por País.

En línea con lo anterior, el artículo 1.6.3.1.4.del Decreto 1625 de 2016 (adicionado por el Decreto 2120 de 2017) establece: “Artículo    1.6.3.1.4.    Aplicación    del    régimen    sancionatorio de    la    Documentación Comprobatoria. Para la aplicación de las sanciones de que trata el literal A del artículo260-11

La DIAN señaló que al no presentar el Informe Maestro se cumple con el hecho sancionable establecido en el artículo 1.6.3.1.4.del Decreto 1625 de 2016, el cual corresponde a la omisión de información en la Documentación Comprobatoria que no corresponde al monto de la operación.

Al respecto, debe tenerse en cuenta que el Informe Maestro debe ser presentado por aquellos contribuyentes que cumplan con los topes establecidos para presentar el Informe Local y que pertenezcan a grupos multinacionales.

De esta forma, el Informe Maestro constituye el insumo adicional que le permite a la Administración Tributaria conocer la participación de los contribuyentes colombianos dentro del grupo multinacional al que pertenecen y es un elemento esencial del soporte de las operaciones documentadas en el Informe Local.

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