DIAN indicó que las donaciones realizadas a una ESAL que no forma parte del Régimen Tributario Especial (RTE), no otorgan beneficios tributarios
Concepto DIAN 901378 de 04 de mayo de 2020
Las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro que no forman parte del Régimen Tributario Especial, no otorgan beneficio tributario al donante y constituyen un ingreso para estas entidades que, se reitera, son contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta. En consecuencia, estos ingresos deberán declararse y harán parte de la depuración de que trata el artículo 26 del Estatuto Tributario.