DIAN se pronuncia sobre la vigencia de la exención del IVA para la importación y venta de insumos médicos

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 1577 (Radicado No. 910622 de diciembre 14 de 2020)

El Decreto Legislativo 551 de 2020 contiene disposiciones orientadas a establecer una serie de bienes e insumos médicos indispensables para conjurar las causas que motivaron la Declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de que trata el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, como exentos del impuesto sobre las ventas -IVA, en la importación y en las ventas en el territorio nacional, sin derecho a devolución y/o compensación. La calificación de estos bienes como exentos se hace de manera transitoria, esto es, por la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19. Es oportuno señalar que, con la Resolución No. 2230 del 27 de noviembre de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 28 de febrero de 2021.

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