DIAN señala que el ingreso de divisas provenientes del extranjero no se encuentra gravado con IVA
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 1610 (Radicado No. 910959 de diciembre 18 de 2020)
Respecto al impuesto sobre las ventas, el ingreso de divisas provenientes del extranjero no se encuentra gravado con dicho impuesto toda vez que no se realiza ninguno de los hechos generadores establecidos en el artículo 420 del Estatuto Tributario. Lo anterior sin perjuicio que dichas divisas provengan de una operación que sí se encuentre gravada con dicho impuesto.
Se establece el cobro de un primer pago por concepto de la Contribución Especial para la vigencia 2021
Aspectos Legales del Internet y Comercio Electrónico


