DIAN señala que los obligados a facturar deben expedir la factura de venta en el momento en el cual tiene lugar la operación comercial
DIAN. Concepto Tributario No. 1250. Radicado No. 905696 de octubre 7 de 2020
La DIAN informa que los requisitos, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos para la generación, transmisión, validación, expedición y entrega de la factura electrónica de venta están dispuestos en la Resolución 000042 de 2020 proferida por esta entidad el 05 de mayo de 2020. Adicionalmente, el artículo 618 del Estatuto Tributario dispone la obligación de exigir factura por el adquirente del bien o servicio, todo lo cual supone que los obligados a facturar deben expedir la factura de venta en el momento en el cual tiene lugar la operación comercial, aspecto que aplica en la expedición de la factura electrónica con validación previa, la cual debe tener lugar en la fecha de la operación económica que soporta.

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