Precisiones del impuesto sobre la renta para personas naturales no residentes
DIAN. Concepto Tributario No. 100202208-0577 de octubre 28 de 2020 (Diario Oficial 51.496, 12 de Noviembre de 2020)
Las personas naturales no residentes determinan su impuesto sobre la renta sobre una base depurada. En ese sentido deberá analizarse en primer lugar, si esa persona natural está obligada a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, para lo cual se deben considerar los criterios expuestos en el Descriptor 3.1. del Concepto General Unificado 912 del 19 de julio de 2018. En caso de no estar obligada a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, el impuesto a cargo será el que resulte de las retenciones en la fuente practicadas (artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario) las cuales se aplican sobre pago o abono en cuenta y no admiten depuración

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Derecho Internacional de los Negocios (Tomo II)
