Se establece el calendario tributario para el pago de impuestos en Barranquilla durante la vigencia 2021

Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía De Barranquilla. Resolución Número DSH 004 de diciembre 21 de 2020

La presentación y pago de las liquidaciones-factura del Impuesto Predial Unificado, Contribución de Valorización por Beneficio General, declaración privada del Impuesto Predial Unificado, la declaración anual y las declaraciones y pago mensuales y bimestrales de retenciones y autoretenciones del Impuesto de Industria y Comercio y Complementarios, la Sobretasa a la Gasolina Motor, declaración del Impuesto de Espectáculos Públicos, formulario de pago del anticipo del Impuesto de Delineación Urbana, declaración del Impuesto de Delineación Urbana, declaración de los sujetos pasivos del Impuesto de Alumbrado Público a que se refiere los numerales 2 y 3 del Artículo 105 del Estatuto Tributario Distrital – Decreto No 0119 de 2019 – y de los responsables del recaudo del impuesto sobre el servicio de telefonía establecidos en el Artículo 7 del Acuerdo Distrital N° 019 de 2015 – Artículo 114 del Decreto 0119 de 2019, deberá efectuarse en los bancos, entidades financieras y demás entidades autorizadas para el efecto por el Distrito de Barranquilla.

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