Ministerio de Trabajo reglamentó los estándares mínimos de Sistema de gestión de seguridad y salud en el Trabajo para empleadores y contratantes
Por Andrés Felipe Gómez y Peña Mancero Abogados
El ministerio de trabajo por medio de la resolución número 1111 del 27 de marzo de 2017 definió y reglamentó los estándares mínimos que debe aplicar cualquier empresa con relación al Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el Trabajo para empleadores y contratantes
Los estándares mínimos son el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento para todas las empresas o entidades señaladas en el campo de aplicación, pero en su implementación se ajusta, adecua, armoniza a cada empresa o entidad de manera particular conforme al número de trabajadores, actividad económica, labor u oficios que desarrollen las empresas o entidades obligadas a cumplir dichos estándares.
En esta línea, los estándares mínimos deberán ser graduales, dinámicos, proporcionados y variables según el tamaño de la empresa y tipo de empresa, como por ejemplo las microempresas, o pequeñas empresas quienes deben diseñar, administrar y ejecutar este sistema acorde al número de trabajadores y la clasificación en riesgo a la que pertenezcan.
Así mismo la reglamentación contempla las fases de adecuación, transición y aplicación del sistema con tiempos establecidos a partir de junio del año 2017 a diciembre del año 2019. Así como la implementación definitiva que será a partir de enero del año 2020, una tabla de valores de los estándares mínimos y un plan de mejora de la implementación.
La resolución aplica a los empleadores públicos y privados, trabajadores dependientes e independientes entre otros que cobija la norma. El Ministerio de Trabajo realizará visitas periódicas de verificación del cumplimiento de los estándares mínimos establecidos en mencionado sistema.
Para consultar la Resolución 1111 completa, descargue la versión en PDF aquí.
New rules on paternity leave introduced in Colombia
Author: Daniel Salazar López
The Colombian Congress has passed Act 2141 (August 10, 2021) whereby a further protection has been granted to parents. Act 2141 incorporates several new provisions on labor matters and, in particular, on maternity and paternity privileges. The following are the most important aspects of the new law:
- Maternity leave was extended from three (3) months to eighteen (18) weeks after childbirth.
- Unless an authorization is obtained from the Labor Inspector, or the Municipal Mayor in the corresponding case, the dismissal of a worker, whose spouse, partner or permanent partner is pregnant or within eighteen (18) weeks after childbirth and is not formally employed, is prohibited. If dismissal occurs, the dismissed employee shall be entitled to the additional payment of an indemnity equivalent to sixty (60) days of salary.
- In addition, the indemnities and benefits that correspond by virtue of the employment contract shall be recognized.
- Paternity leave is not extended to the worker when his/her spouse, partner or permanent partner is in stable employment.
- Maternity leave is also extended to the parents in the same proportion during the 18 weeks following childbirth.
- The worker must notify the employer, verbally or in writing, of the pregnancy status of his/her spouse, partner or permanent partner and declare under oath that he/she does not have a stable job or that he/she is not a beneficiary of the Social Security Health System. Within the notification, the worker must present the necessary examinations and for this purpose she will have a term of up to one (1) month to prove the pregnancy status.
This new legislation is intended to protect the constitutional right to equality between men and women in the work environment and in harmony with the family environment.