Nuevas medidas adoptadas en Bogotá en el marco de la emergencia sanitaria
Decreto 293 de 20 de diciembre de 2020
A partir de las cero horas del 21 de diciembre de 2020 y hasta las cero horas del 16 de diciembre de 2021, el ingreso a establecimientos abiertos al público para realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y al por mayor, servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano, entidades públicas y prestación de cualquier otro tipo de servicios, excepto los de salud, farmacia y servicios funerarios, se atenderá la siguiente condición:
- En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.
- En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.

Labor Reform Approved in Second Debate in the House of Representatives
CAUSE FOR DISOLUTION OF COMPANIES DUE TO NON-COMPLIANCE WITH THE HYPOTHESIS OF CONTINUING BUSINESS
