Efectos de la declaratoria de inconstitucionalidad de la suspensión del pago de aportes a pensión
Ministerio Del Trabajo. Concepto Jurídico No. 32517 de 2020
El Decreto que ordenó la posibilidad de tales medidas, fue declarado inconstitucional el 23 de julio de 2020 por la Corte Constitucional, es decir, que los empleadores deben cancelar la totalidad de los aportes de sus trabajadores, descontando del valor del salario o la asignación básica mensual, la parte correspondiente a sus empleados y no se aplicaría el traslado de los recursos a Colpensiones, pues a raíz de la declaratoria de inconstitucional, las cosas vuelven al estado anterior, es decir, se seguiría aplicando las normas de seguridad social anteriores, tal como se indicó, concluyendo que quienes se cambiaron a Colpensiones tendrán que devolverse al fondo privado, pues tiene efectos retroactivos tal decisión.
Advance for Future Capitalizations Must Follow Terms Agreed Between the Company and Interested Shareholders (Superintendency of Companies, Office 220-046662 of 2024)
CAUSE FOR DISOLUTION OF COMPANIES DUE TO NON-COMPLIANCE WITH THE HYPOTHESIS OF CONTINUING BUSINESS


