Estabilidad laboral reforzada de personas en estado de debilidad manifiesta por razones de salud

Sentencia T-386 de 03 de septiembre de 2020

La Corte Constitucional indicó que el estado de debilidad manifiesta por razones de salud constituye una situación que da lugar a la protección especial de la estabilidad laboral reforzada.

La Corte indicó que la estabilidad laboral reforzada en este caso se predica de toda persona que presente una afectación en su estado de salud que le impida o dificulte sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares, toda vez que esta situación particular puede considerarse como una circunstancia que genera debilidad manifiesta y, en consecuencia, el trabajador puede verse discriminado por ese solo hecho.

Lo anterior, con independencia de la vinculación o de la relación laboral que la preceda. En términos generales comprende la prerrogativa para el trabajador de permanecer en el empleo y, por consiguiente, obtener los correspondientes beneficios salariales y prestacionales, incluso contra la voluntad del empleador, si no existe una causa relevante que justifique disponer su despido.

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