Reajuste periódico, con base en índice de precios al consumidor, procede para todas las pensiones
Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 75317 (SL2692-2020) 29 de julio de 2020. Magistrada ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo
La Corte determinó que todos los pensionados, sin importar el régimen del sistema general de pensiones en el cual obtuvieron su prestación, tienen derecho a mantener el poder adquisitivo de sus mesadas, de modo que deben incrementarse anualmente al inicio de cada año, conforme a la «variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior».
DIAN adiciona el Concepto Unificado con el objetivo de precisar temáticas relacionadas con la renovación de la garantía

Contratación por medios electrónicos. La Convención de Comunicaciones electrónicas de la CNUDMI
