Reajuste periódico, con base en índice de precios al consumidor, procede para todas las pensiones
Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 75317 (SL2692-2020) 29 de julio de 2020. Magistrada ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo
La Corte determinó que todos los pensionados, sin importar el régimen del sistema general de pensiones en el cual obtuvieron su prestación, tienen derecho a mantener el poder adquisitivo de sus mesadas, de modo que deben incrementarse anualmente al inicio de cada año, conforme a la «variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior».