Se reglamenta el registro de las plazas de prácticas laborales en el Servicio Público de Empleo

Resolución Número 319 de la Unidad Administrativa Especial Del Servicio Público De Empleo

Las entidades públicas y privadas deberán reportar a través de cualquier prestador autorizado a la Unidad del Servicio Público de Empleo la información específica de sus plazas de práctica laboral. La información de las prácticas laborales que reporten las entidades públicas y privadas deberá ser transmitida diariamente por el prestador a la Unidad del Servicio Público de Empleo, en las condiciones y medios establecidos por la Unidad del Servicio Público de Empleo en el anexo técnico de la resolución.

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