Consejo de Estado suspende consulta minera previa en Une – Cundinamarca

A finales del mes de abril, la Sección Quinta del Consejo de Estado dejó sin efectos una sentencia que declaró constitucional la realización de una consulta popular minera en Une (Cundinamarca).

Anteriormente el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había declarado constitucional la pregunta de la consulta popular.

Con ponencia de la magistrada Rocío Araújo Oñate, la sala determinó en la sentencia del 23 de abril de 2018 que al resolver la acción de tutela interpuesta por trabajadores del sector minero contra el fallo por medio del cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había declarado constitucional la pregunta donde los habitantes del municipio de Une (Cundinamarca) debían señalar si estaban de acuerdo o no con la renovación de las concesiones mineras vigentes en ese territorio, éste dejó sin efectos la referida sentencia que había declarado constitucional la realización de consulta previa en Une (Cundinamarca).

Dentro de los La Sala determinó que:

  • Las autoridades locales no pueden convocar consultas de esta naturaleza en sus territorios sin antes haber concertado con las autoridades nacionales el desarrollo de una política minero energética;
  • El desarrollo o no de este tipo de actividad económica no puede ser objeto de consulta popular, debido a que la Constitución ordena que solo el legislador es competente para tomar determinaciones relativas a la explotación del subsuelo;
  • Las autoridades de Une no podían consultarle a sus ciudadanos si estaban de acuerdo o no con extender los plazos de las concesiones mineras, dado que el Código de Minas le permite a los concesionarios solicitar la prórroga del respectivo contrato hasta por 30 años.

Así las cosas, esta decisión obliga al tribunal a dictar un nuevo fallo de constitucionalidad en un periodo no superior a los 30 días contados a partir de la notificación de esta sentencia.

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