Superservicios modifica los plazos para el cargue de información financiera vigencia 2020
Resolución Número SSPD-20211000171855 del 21 de mayo de 2021
Los sujetos descritos en el artículo 1 están obligados a reportar de manera anual en el aplicativo NIF XBRL la información financiera con corte al 31 de diciembre de 2020, en los siguientes plazos.
COLOMBIA: recent case law regarding commercial agency vs distribution contracts
International Joint Ventures (2013)


