Hito en proyecto de ley para cambiar la industria del monopolio del licor en Colombia

Por Gabriela Mancero

Desde que Colombia aumentó sus relaciones comerciales con el mundo y eliminó barreras para incrementar el flujo de bienes e inversión,  se establecieron acuerdos comerciales con procedimientos transparentes y no discriminatorios para que las empresas nacionales participaran en compras públicas.

Sin embargo, esto ha aumentado las preocupaciones en cuanto a cómo hacer frente a crecientes tensiones con la regulación local de los monopolios estatales, autorizado originalmente en la Constitución de Colombia de 1991. Este es el caso de la industria del alcohol monopolio existente.

De conformidad con el artículo 336 de la Constitución de Colombia:

«Ningún monopolio podrá establecerse sino mediante el libre juego del mercado y promover el interés público o social y de conformidad con la ley. La ley que establece un monopolio no podrá aplicarse antes de que esos individuos, que en virtud de la de renunciar al ejercicio de una actividad económica legal, están plenamente indemnizados. La organización, administración, control y explotación de los monopolios financieros serán sometidos a un régimen específico, determinado por la ley de iniciativa gubernamental. (…) Los ingresos obtenidos en el ejercicio del monopolio de alchohol se destinarán de forma preferente a los servicios sanitarios y educativos. La evasión de impuestos con respecto a los ingresos procedentes de los monopolios financieros será sancionado como un delito dentro de los límites establecidos por la ley. El gobierno va a vender o liquidar las empresas monopolísticas del Estado y transferir a terceros la explotación de su operación cuando los requerimientos de eficiencia no se cumplen dentro de los límites establecidos por la ley. En todos los casos se respetarán los derechos adquiridos por los trabajadores”.

Para esta fecha, el monopolio del alcohol ha derivado en las siguientes prácticas que han expresado su preocupación acerca de si tendrá que ser eliminado a la luz de las nuevas tendencias del mercado, tales monopolio:

1. Cada Departamento o Estado (Colombia cuenta actualmente con 32 departamentos) tiene el derecho constitucional de mantener el monopolio de la producción y comercialización de bebidas alcohólicas dentro de su región, ya sea directamente oa través de concesiones a los particulares.

2. Esto ha dado a las autoridades locales (Congreso y gobernadores de los hombres) y las destilerías de una gran cantidad de poder de mercado a nivel regional.

3. El poder de mercado se puede observar en diferentes maneras, a saber:

a. Capacidad para restringir directamente la oferta de sus competidores potenciales;

segundo. Las barreras de entrada y los procedimientos burocráticos aplicables a las autoridades departamentales con el fin de discriminar entre la producción de sus propias destilerías y competidores;

do. A través de las ayudas de Estado en el ámbito del Departamento, que permiten la producción a menores costos y evitar el cierre de empresas debido a las pérdidas severas.

4. Las restricciones en la oferta de bebidas alcohólicas sólo se aplican a los que superan los 20 grados de alcohol, lo que ha derivado en un hueco dentro de la estructura de monopolio generando distorsiones en favor y en contra de ciertos productos (como aperitivos).

Ya en 1999 (1), el Tribunal Andino de Justicia examinó los efectos restrictivos de los monopolios estatales en la industria del alcohol. En ese momento, el Tribunal afirmó que Colombia puede seguir para ejercer el monopolio de producción de alcohol previstas no se aplicaron las barreras al libre comercio, ni se introdujeron las medidas discriminatorias contra el acceso de productos entre los departamentos o desde el extranjero al país.

Recientemente, el gobierno anunció las cuestiones prioritarias de la agenda legislativa del Congreso, incluyendo el proyecto de ley para establecer adecuadamente el régimen referente a monopolios financieros de alcohol destilado. El proyecto de ley(2), tiene por objeto armonizar correctamente las tasas de impuestos para todos los licores, vinos y bebidas similares, tanto nacionales como extranjeros.

El compromiso de cambiar el escenario actual fue formulado por el Gobierno en su Plan de Desarrollo 2014-2018 Nacional, que prevé la eliminación de los monopolios financieros implícitos en la industria del alcohol, consagrados en el artículo 336 de la Constitución.

En ausencia de reglas claras, los ministros de Finanzas y Comercio, Mauricio Cárdenas y Cecilia Álvarez, respectivamente, presentaron este proyecto de ley para regular los sujetos deficientes que han estado constantemente presentes, como la corrupción, la promoción de contrabando (que se sitúa en aproximadamente 410 millones de dólares, alrededor de 1,5 millones de pesos), la manipulación y la interferencia de los políticos en los ingresos de los departamentos y tiendas de licores, y libre comercialización de rones y licores destilados en el país en regiones que no son propios productores.

Además de estos problemas, el tema urgente se centra en el cumplimiento de los tratados de libre comercio suscritos por Colombia con la Unión Europea, Canadá y los Estados Unidos, donde el país tiene un término para regular el mercado, ya vencida, para este fin y no discriminar las bebidas alcohólicas importadas con los nacionales.

En este sentido, el objetivo es igualar la carga fiscal para los licores nacionales y extranjeros, conforme a lo dispuesto en los acuerdos de libre comercio negociados por nuestro país. Mediante la concesión de un acceso no discriminatorio a las bebidas alcohólicas nacionales y extranjeros, las normas nacionales de tratamiento aplicables en Colombia se modernizan y estarían de acuerdo con las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio.

 ¿Qué cambia con este proyecto de ley?

El proyecto de ley no elimina el monopolio de los departamentos, pero establece los requisitos para que el mercado sea más transparente y más equitativa de la carga tributaria entre los aguardientes importados y los nacionales. Este proyecto busca incrementar a 200 pesos para todas las bebidas alcohólicas y un impuesto del 25 por ciento ad valorem.

Actualmente en Colombia bebidas con menos del 35 por ciento de alcohol pagan $ 297 en impuestos por cada unidad de 750 centímetros cúbicos. Para las botellas de más de 35 grados de alcohol, hay una cuota de $ 487 por cada 750 centímetros cúbicos.

La complejidad radica en el hecho de que la mayoría de licoresextranjerosposeen en su mayoría más de 35 grados, mientras que los nacionales están por debajo de esa medida. En últimas los productos nacionales pagan menos tributos que los importados.

En suma, la preocupación gira en torno al impacto negativo que podrían soportar los sectores de salud y educación para evitar la centralización de los recursos producto del ingreso de bebidas alcohólicas. Al final del día, la tensión entre las prácticas de libre mercado previstas en los tratados de libre comercio suscritos por Colombia en los últimos años y el derecho constitucional de mantener monopolios en la industria del alcohol dará lugar muy probablemente en la prevalencia de prácticas de libre mercado dada la voluntad política del país a seguir el camino de la incorporación a la OCDE.

1. Tribunal Andino deJusticia, ActasNo. 03AI-97, el 28 deenero de 1999.
2. Proyecto de ley Nº 152, presentado al Congreso por el Gobierno Nacional 4 de noviembre de 2015.

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