La CAN explica el grado de sustitución entre los productos de la Clasificación Internacional de Niza

Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Proceso 538-IP-2019 de 29 de julio de 2020.

En relación con la conexión entre signos distintivos y los productos que buscan identificar, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina indicó que existe conexión cuando los productos en cuestión resultan sustitutos razonables para el consumidor, es decir, que este podría decidir adquirir uno u otro sin problema alguno, al ser intercambiables entre sí.

La sustitución se presenta cuando un ligero incremento en el precio de un producto origina una mayor demanda en el otro.

Para apreciar la sustituibilidad entre productos la autoridad nacional competente tendrá en consideración la finalidad y características de dichos productos, el rango de precios entre ellos, los canales de aprovisionamiento o de distribución o de comercialización, entre otros.

La sustituibilidad permite apreciar con claridad el hecho de que, desde la perspectiva del consumidor, un producto es competidor de otro producto, de modo que el consumidor puede optar por uno u otro con relativa facilidad.

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