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Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios señala que en el régimen de los servicios públicos domiciliarios, está prohibida la gratuidad de los mismos

Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios. Concepto Jurídico No. 897 de noviembre 20 de 2020 Conforme con lo dispuesto en los artículos 129 y 134 de la Ley 142 de 1994, cualquier persona tiene derecho a hacerse parte de un contrato de servicios públicos...