Regulación y novedades COVID-19


Emergencia Sanitaria

Se modifica la suspensión de vuelos desde Leticia a cualquier destino nacional

Ministerio De Salud Y Protección Social. Resolución Número 092 de enero 30 de 2021

Se suspenden los vuelos comerciales y chárter desde Leticia hacia cualquier destino nacional, a partir de las 00:00 horas del 29 de enero del año 2021. Solo se permitirán los vuelos de carga y los vuelos humanitarios y de Estado, estos últimos deberán ser coordinados con las autoridades sanitarias aeronáuticas y migratorios, cuando sea del caso.

Se adoptan medidas restrictivas para el ingreso de pasajeros provenientes de Brasil

Ministerio De Salud Y Protección Social. Resolución Número 080 de enero 27 de 2021

Se suspende el ingreso al territorio colombiano de vuelos procedentes de Brasil, directos y por conexión, a partir de las 00:00 horas del 29 de enero del año 2021. Sólo se admitirá el ingreso al país de personas que arriben a Colombia y cuyo país de origen sea Brasil, cuando se trate de:

  1. Colombianos y extranjeros que inicien su vuelo desde Brasil o que inicien su vuelo de conexión hacia Colombia, antes de la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución.
  2. Colombianos y extranjeros que, por diferencia de horario, ya hayan sido citados a la terminal aérea antes de la entrada en vigencia de la presente resolución.
  3. Extranjeros que cuenten con visa de migrante o visa tipo «M»
  4. Colombianos y extranjeros con residencia permanente en Colombia, autorizados a tomar vuelos humanitarios, si los mismos son permitidos de acuerdo con la evolución de la situación epidemiológica global y nacional.
  5. La tripulación de la aeronave y
  6. Los vuelos de carga y de Estado.

Ministerio de Salud y de Protección Social dicta medidas para pueblos y dentro del Plan Decenal de Salud Pública

Ministerio De Salud Y Protección Social. Resolución Número 050 de enero 25 de 2021

Las entidades territoriales de acuerdo con sus competencias y necesidades, condiciones y características de su territorio, deberán adoptar los contenidos establecidos en el Capítulo Indígena del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021, en cada cuatrienio comunidades indígenas a través del Plan Territorial de Salud y coordinar la implementación en su área de influencia, de conformidad con los lineamientos que, para el efecto, defina este Ministerio. Para el desarrollo del capítulo Indígena de los pueblos y comunidades en los planes territoriales de salud, las entidades territoriales propiciarán los espacios de participación, en garantía del diálogo con ellos, a través de sus representantes, para la inclusión de acciones propias e interculturales de los aspectos socio culturales de la población indígena, que les permita ampliar y comprender mutuamente el conocimiento de su situación de salud.

Ministerio de Salud y de Protección Social y Ministerio del Interior establecen medidas especiales para el departamento del Amazonas a causa del covid-19

Ministerio del interior ministerio de salud y protección social. Circular Conjunta Externa OFI2021-1507-DMI-1000 de enero 27 de 2021

El Gobierno Nacional, buscando evitar el ingreso de una nueva cepa a Colombia, dado el incremento de la transmisión en algunas regiones del país, y a que varias ciudades presentan un incremento de ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) requiere tiempo para analizar el impacto epidemiológico de la nueva variante en la transmisión local y, si es del caso, adaptar su respuesta, por lo que es necesario impartir medidas preventivas y transitorias relacionadas con la contención del virus y su mitigación.

Gobierno Nacional adopta el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19

Ministerio De Salud Y Protección Social. Decreto Número 109 de enero 29 de 2021

Por medio del Decreto 109 de 2021 se adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y establecer la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción, así como el procedimiento para el pago de los costos de su ejecución.

El plan nacional de vacunación iniciará el 20 de febrero de 2021.