Regulación y novedades COVID-19


Financiero

Corte Constitucional declara exequible el Decreto 796 de 2020, mediante el cual se adoptaron medidas para atenuar los efectos económicos derivados del COVID19 en el sector agropecuario

Comunicado de Prensa de la Corte Constitucional de fecha 17 de septiembre de 2020 (expediente RE-323)

La corte constitucional declaró exequible el Decreto 796 de 2020 mediante el cual se crearon mecanismos para facilitar la recuperación de pequeños y medianos productores y se promueve la liquidez en el campo colombiano, tales como:

  1. Celebración de acuerdos de recuperación y pago de cartera.
  2. Condonación de intereses corrientes y de mora, así como quitas de capital, en los términos y límites fijados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, cuya aplicación se extiende hasta la terminación de la emergencia sanitaria.

Decreto Minhacienda adiciona el Único Reglamentario del Sector referente al Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico, Fonse

Decreto 1265 de 17 de septiembre de 2020

El Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico – FONSE es un patrimonio autónomo, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El FONSE tendrá por objeto la inversión de recursos en instrumentos de capital emitidos por empresas de servicios públicos de energía oficiales o mixtas, incluyendo acciones con condiciones especiales de participación, dividendos y/o recompra, entre otras, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de energía en la Costa Caribe.

Adicionalmente, el FONSE podrá otorgar créditos directos al Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para destinarlos a solventar las necesidades de recursos asociadas a la implementación de esquemas de solución de largo plazo derivados de los procesos de toma de posesión de las empresas de servicios públicos domiciliarios, los cuales se hayan visto afectados por la situación de emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social y que por tanto requieran del apoyo del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para garantizarlos. Dichos créditos podrán otorgarse desde la entrada en vigencia del Decreto 1265 de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.

Ministerio de Hacienda modifica las reglas para la emisión en el mercado de valores y reglamenta Decreto Legislativo 817 de 2020

Decreto 1235 de 14 de septiembre de 2020

Las sociedades comisionistas de bolsa de valores deberán conformar y mantener un único fondo de garantías, el cual tendrá como objeto responder a los clientes de dichas sociedades, incluidos los fondos de inversión colectiva que administran, por el cumplimiento de las obligaciones de entrega o restitución de valores o de dinero que las mismas hayan contraído en desarrollo del contrato de comisión, la administración de fondos de inversión colectiva, la administración de valores y la administración de portafolios de terceros.

En desarrollo del mencionado objeto, el fondo gestionará los riesgos sistémicos que se puedan generar por los incumplimientos mencionados.

Dicho fondo realizará las operaciones en los términos y condiciones que señale su Consejo de Administración, las cuales deberán estar establecidas en el reglamento del fondo, que deberá ser aprobado por la Superintendencia Financiera de Colombia de conformidad con lo establecido en el artículo 2.9.23.1.4 del decreto 2555 de 2010.

Ministerio de Hacienda modifica lo relacionado con la cobertura del Programa Frech NO VIS

Decreto 1233 de 14 de septiembre de 2020

El Gobierno nacional, a través del Fondo de Reserva para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH), administrado por el Banco de la República, ofrecerá coberturas de tasa de interés que faciliten la financiación de vivienda urbana nueva NO VIS a través de créditos otorgados por establecimientos de crédito y cajas de compensación familiar para la compra de vivienda y contratos de leasing habitacional celebrados por los establecimientos de crédito, de acuerdo con la focalización, las condiciones y términos establecidos en el Decreto 1068 de2015 y sus modificaciones, y la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El Ministerio de Hacienda adiciona lo relacionado con el espacio controlado de prueba para actividades de innovación financiera

Decreto 1234 de 14 de septiembre de 2020

El espacio controlado de prueba es el conjunto de normas, procedimientos, planes, condiciones, requisitos y requerimientos prudenciales que permite probar desarrollos tecnológicos innovadores en la prestación de actividades propias de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

La constitución y funcionamiento del espacio controlado de prueba se regirá por las disposiciones especiales contenidas en el Título 7 del Libro 35 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010. En lo no previsto expresamente en el titulo mencionado anteriormente, se aplicarán las normas contenidas en el marco legal y reglamentario vigente.

Para el desarrollo del espacio controlado de prueba, la Superintendencia Financiera de Colombia podrá aplicar el principio de proporcionalidad, en el ejercicio de sus facultades de supervisión, vigilancia y control.