Regulación y novedades COVID-19


Sector minero energético

Consejo de Estado se pronuncia sobre la facultad de las entidades territoriales para gravar con tributos plataformas marinas de gas natural

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Cuarta. Radicación número: 44001-23-33-000-2015-00027-01 (23486). 19 de noviembre de 2020. Consejero Ponente: Milton Chaves García

Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los términos de la Constitución y la ley [art. 287 C.P.], en virtud de la cual administra los recursos y establece los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, entre otros derechos. Esta división político, administrativa y económica implica que las entidades territoriales tienen jurisdicción no solo en el territorio continental, sino, además, en los territorios de ultramar [San Andrés, Providencia, Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen] y los espacios en que la Nación ejerce soberanía, jurisdicción y/o explotación económica [ el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa], de acuerdo a su respectiva situación geográfica.

Comisión Intersectorial De Acompañamiento Técnico Y Científico modifica el Reglamento Interno de los Subcomités intersectoriales Técnicos y Científicos para proyectos de fracking

Comisión Intersectorial De Acompañamiento Técnico Y Científico. Acuerdo Número 004 de noviembre 30 de 2020 (Diario Oficial 51.589, 15 de Febrero de 2021)

Son funciones generales de los Subcomités intersectoriales Técnicos y Científicos las siguientes: a) Hacer seguimiento a las variables relacionadas con los criterios de evaluación de los PPII de su competencia. b) Entregar información trimestral a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico, incluyendo las alertas que se hayan levantado durante dicho periodo, sobre los asuntos de su competencia, en el desarrollo de los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII), y publicarla en el Centro de Transparencia, para información de la ciudadanía. c) Entregar semestralmente a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico los informes a que se refiere el Anexo Único del Reglamento Interno de la Comisión. d) Advertir a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico de la ocurrencia de una causal de suspensión de actividades o de un potencial riesgo a materializarse. e) Advertir a la CIATC sobre la recomendación a la entidad competente, del levantamiento de la suspensión de actividades cuando considere que cesaron los motivos que le dieron lugar, conforme a la función asignada por el literal g), artículo 2.2.1.1.1A.4.2 del Decreto 328 de 2020.

Agencia Nacional de Hidrocarburos aprueba el Modelo de Convenio de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P – Continental para Yacimientos Convencionales en Trampas

Agencia Nacional De Hidrocarburos. Acuerdo Número 003 de febrero 11 de 2021 (Diario Oficial 51.586, 12 de Febrero de 2021)

Se aprueba la Minuta de Convenio de Exploración y Producción de Hidrocarburos, con sus respectivos anexos, que forman parte integral del Acuerdo.Se aprueba la Minuta de Convenio de Exploración y Producción de Hidrocarburos, con sus respectivos anexos, que forman parte integral del Acuerdo.

Ministerio de Minas y Energía modifica parcialmente algunas resoluciones asociadas a los Planes de Expansión de Referencia Generación Transmisión

Ministerio De Minas Y Energía. Resolución Número 40039 de febrero 11 de 2021 (Diario Oficial 51.586, 12 de Febrero de 2021)

Se modifica en el numeral II del artículo 1° de la Resolución 40095 del 1° de febrero de 2016, del inciso “Obras Antioquia – Chocó”, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación El Siete 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma será el 30 de junio de 2025. Se modifica en el numeral II del artículo 1° de la Resolución 40790 del 31 de julio de 2018, del inciso “Obras Antioquia”, en lo relativo a la Fecha de Puesta en Operación del proyecto Subestación Salamina 230 kV y líneas de transmisión asociadas, señalando que la misma será el 31 de marzo de 2025

Agencia Nacional de Minería dicta criterios uniformes para evaluar y obtener la habilitación de interesados en la adjudicación de áreas de reserva estratégica minera

Agencia Nacional De Minería. Resolución Número 83 de febrero 9 de 2021 (Diario Oficial 51.584, 10 de Febrero de 2021)

La presente resolución tiene por objeto fijar criterios que permitan evaluar la capacidad jurídica, técnica, financiera, medioambiental y de responsabilidad social empresarial de los participantes para su habilitación y así puedan participar en los procesos de selección objetiva que adelante la ANM mediante términos de referencia para áreas de reserva estratégica mineras, durante la vigencia de su respectiva habilitación.