Regulación y novedades COVID-19
Sector transporte
Consejo de Estado declara legal el protocolo del Minsalud para prevenir coronavirus en el sector transporte
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sala Especial De Decisión Nro. 10. Expediente: 11001-03-15-000-2020-02060-00. 13 de octubre de 2020. Consejera Ponente: Sandra Lisset Ibarra Vélez
El Consejo de Estado declaró ajustado a derecho el protocolo adoptado por el Ministerio de Salud para mitigar el impacto y prevenir el contagio del coronavirus en el sector transporte y estableció qué entidades eran responsables de vigilar el cumplimiento de estas normas. La resolución contempla medidas de bioseguridad para operadores y conductores; empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros; terminales de transporte terrestre; transporte férreo; entes gestores y concesionarios de los sistemas de transporte masivo. Además, integra estrategias de comunicación para informar a los usuarios, empleados y contratistas sobre las medidas recomendadas para prevenir el contagio por COVID-19 en terminales de transporte terrestre e infraestructura asociada a los sistemas de transporte masivo, así como la implementación de medidas de bioseguridad por parte de usuarios de vehículos y motocicletas particulares; bicicletas convencionales, eléctricas y patinetas eléctricas, además del servicio de transporte público.
Supertransporte establece las tarifas diferenciales por concepto de Contribución Especial de Vigilancia
Superintendencia De Transporte. Resolución Número 12337 de noviembre 27 de 2020
La Resolución aplica a los sujetos que están sometidos a vigilancia, inspección y control de la Superintendencia de Transporte, para el pago de la Contribución Especial de Vigilancia correspondiente al año 2020, a favor de dicha entidad.
Se toman medidas para la prestación del servicio público de transporte en Manizales durante la prórroga del aislamiento selectivo
Alcaldía De Manizales. Resolución Número 128 de 2020. Secretaría de Tránsito y Transporte
Se establece la siguiente programación para la prestación del servicio de transporte público terrestre automotor individual de pasajeros, a partir de las 4:00 am del día 30 de noviembre de 2020, hasta las cero horas (00:00) del día 31 de diciembre de 2020, en consecuencia solo podrán prestar el servicio los vehículos cuyo último dígito de la placa corresponda a los números señalados en la resolución.
DIMAR adopta medidas especiales para el funcionamiento administrativo y operativo de la Capitanía de Puerto de Providencia
Dirección General Marítima. Resolución Número (0799-2020) MD-DIMAR-GLEMAR de noviembre 23 de 2020 (Diario Oficial 51.507, 23 de Noviembre de 2020)
Durante la vigencia de la resolución se aplicarán las siguientes medidas especiales en jurisdicción de las Capitanías de Puerto de San Andrés (CP07) y Providencia (CP12):
- La Capitanía de Puerto de San Andrés (CP07) asumirá el control operativo de tráfico marítimo de la Capitanía de Puerto de Providencia (CP12), lo cual se realizará en coordinación con la Armada Nacional, conforme a lo establecido en el Decreto Ley 2324 de 1984 y demás normas reglamentarias en la materia.
- Quedan suspendidos los términos judiciales y legales aplicables a los siguientes procesos y procedimientos a cargo de la Capitanía de Puerto de Providencia:
- Investigaciones jurisdiccionales por siniestros marítimos.
- Investigaciones administrativas por infracción a la normatividad marítima.
- Investigaciones administrativas por ocupaciones indebidas o no autorizadas de los bienes de uso público.
- La Capitanía de Puerto de San Andrés (CP07) asumirá los trámites administrativos de la Capitanía de Puerto de Providencia (CP12).
Se prorroga el plazo para la adopción del Informe Único de Infracciones al Transporte “IUIT”
Ministerio De Transporte. Resolución Número 20203040024865 de noviembre 27 de 2020
El Ministerio de Transporte prorrogó el plazo establecido en el artículo 6 de la Resolución 20203040003785 del 26 de mayo de 2020 del Ministerio de Transporte, por la cual se adecua la reglamentación para la adopción del Informe Único de Infracciones al Transporte “IUIT” y se dictan otras disposiciones, por seis (6) meses más.