Regulación y novedades COVID-19
Tributario
DIAN explica la aplicación del impuesto sobre la renta en los contratos de leasing financiero
DIAN. Concepto Tributario No. 1446 (Radicado No. 906856 de noviembre 6 de 2020)
El leasing financiero es aquel contrato que tiene por objeto la adquisición financiada de un activo y puede reunir una o varias de las características allí señaladas. Tratándose del arrendamiento operativo, esta norma señala que es todo arrendamiento diferente de un arrendamiento financiero o leasing financiero. El numeral 2 del artículo 127-1 del Estatuto Tributario establece el tratamiento tributario del leasing financiero. Este Despacho destaca lo relacionado con el arrendatario para quien, al inicio del contrato debe reconocer un activo y un pasivo por arrendamiento, que corresponde al valor presente de los cánones de arrendamientos, la opción de compra y el valor residual de garantía en caso de ser aplicable, calculado a la fecha de iniciación del contrato, y a la tasa pactada en el contrato.
Consejo de Estado señala que las operaciones constitutivas de costos, deducciones e impuestos descontables deben estar soportadas en facturas
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Cuarta. Radicación número: 52001-23-33-000-2017-00402-01(23974). 15 de octubre de 2020. Consejero Ponente: Stella Jeannette Carvajal Basto
El artículo 771-2 del Estatuto Tributario exige que las operaciones constitutivas de costos, deducciones e impuestos descontables estén soportadas en facturas o documentos equivalentes con el lleno de los requisitos establecidos en la legislación fiscal; lo cual no limita la facultad comprobatoria de la autoridad fiscal, quien en ejercicio de sus facultades de fiscalización puede verificar dichas transacciones y, si es del caso, proceder a su rechazo. Para ello, la Administración cuenta con los medios de prueba señalados en la normativa fiscal o en la legislación civil, en cuanto sean compatibles con la primera. Lo anterior significa que la eficacia probatoria de las facturas no es absoluta, pues está sujeta a la verificación de la autoridad fiscal, quien en desarrollo de sus facultades de fiscalización puede desvirtuarla a través de medios de prueba aludidos.
Se establece el calendario tributario para el pago de impuestos en Bucaramanga durante la vigencia 2021
Alcaldía De Bucaramanga. Resolución Número 3171 de diciembre 30 de 2020. Secretaría de Hacienda
Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio, servicios avisos y tableros, a que se refiere los artículos 272 del Estatuto Tributario Municipal deberán presentar las declaraciones privadas del año gravable 2020 dentro de las fechas que se indican a continuación, atendiendo el último dígito de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o Número de Identificación Tributaria (NIT), con respecto a este se entiende por último dígito el que corresponda antes del de verificación.
Se establece el calendario tributario para el pago de impuestos en Barranquilla durante la vigencia 2021
Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía De Barranquilla. Resolución Número DSH 004 de diciembre 21 de 2020
La presentación y pago de las liquidaciones-factura del Impuesto Predial Unificado, Contribución de Valorización por Beneficio General, declaración privada del Impuesto Predial Unificado, la declaración anual y las declaraciones y pago mensuales y bimestrales de retenciones y autoretenciones del Impuesto de Industria y Comercio y Complementarios, la Sobretasa a la Gasolina Motor, declaración del Impuesto de Espectáculos Públicos, formulario de pago del anticipo del Impuesto de Delineación Urbana, declaración del Impuesto de Delineación Urbana, declaración de los sujetos pasivos del Impuesto de Alumbrado Público a que se refiere los numerales 2 y 3 del Artículo 105 del Estatuto Tributario Distrital – Decreto No 0119 de 2019 – y de los responsables del recaudo del impuesto sobre el servicio de telefonía establecidos en el Artículo 7 del Acuerdo Distrital N° 019 de 2015 – Artículo 114 del Decreto 0119 de 2019, deberá efectuarse en los bancos, entidades financieras y demás entidades autorizadas para el efecto por el Distrito de Barranquilla.
DIAN modifica las condiciones para el reporte de información de las ventas durante los días sin IVA
DIAN. Resolución Número 116 de diciembre 24 de 2020
El vendedor o responsable deberá entregar la información relacionada con las ventas de los bienes de que trata el artículo 4 del Decreto Legislativo 682 de 2020, realizada el día 21 de noviembre del año 2020 conforme con los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas del Formato 2669 Versión 2.