Regulación y novedades COVID-19


Procesos Judiciales y Administrativos

Se autoriza la suspensión del servicio notarial a los despachos notariales del país con ocasión de las festividades navideñas y de fin de año

Superintendencia De Notariado Y Registro. Resolución Número 10244 de Diciembre 1° de 2020

Se autoriza la suspensión del servicio notarial a todas las Notarías del país los días 24 y 31 de diciembre de 2020. Los notarios que lo consideren pertinente, podrán prestar el servicio los días 24 y 31 de diciembre de 2020, siempre y cuando tal circunstancia sea informada a la Dirección de Administración Notarial antes del 20 de diciembre de 2020 a través del correo gestión.notarial@supernotariado.gov.co.

Se suspenden términos en los procesos que adelanta la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC

Superintendencia De Industria Y Comercio. Resolución Número 77618 de diciembre 1° de 2020

La SIC suspendió los términos en los procesos jurisdiccionales de protección al consumidor, infracción a derechos de propiedad industrial y competencia desleal adelantados ante la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia, entre el 19 de diciembre de 2020 y el 11 de enero de 2021 inclusive, fechas en las que, para todos los efectos legales, no correrán términos en virtud de lo consagrado en el inciso final del artículo 118 del Código General del Proceso.

Minsalud reanuda los términos de algunas actuaciones administrativas

Ministerio De Salud Y Protección Social. Resolución Número 2192 de noviembre 23 de 2020 (Diario Oficial 51.507, 23 de Noviembre de 2020)

Se reanudan los siguientes términos en el Ministerio de Salud que se encontraban suspendidos en virtud de la Resolución 856 del 29 de mayo de 2020:

  1. Actuaciones disciplinarias.
  2. Para resolver recursos interpuestos contra las decisiones respecto al orden secuencial de pagos.
  3. De las etapas procesales del procedimiento de jurisdicción coactiva.
  4. Para resolver los recursos de apelación de los procesos ético-profesionales.
  5. Para el reporte de la información de la evaluación y verificación de la capacidad de gestión.

Se prorroga la suspensión de la entrada en vigencia de la estructura de los Centros de Servicios Judiciales de los Juzgados Civiles y de Familia

Consejo Superior de la Judicatura. Acuerdo Número PCSJA20-11681 de noviembre 27 de 2020

Se prorroga hasta el treinta (30) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) la suspensión de la entrada en vigencia del acuerdo PSAA15-10445 de 16 de diciembre de 2015 “Por el cual se define la estructura de los Centros de Servicios Judiciales de los Juzgados Civiles y de Familia, se establecen los mecanismos de coordinación, seguimiento y control y se reglamentan sus funciones.”

Corte Suprema explicó que las circunstancias que en un momento dado edifican los conflictos de jurisdicción y competencia, no pueden ser atribuidas a las partes

Corte Suprema. Sala de Casación Civil. Radicación: 11001-31-03-015-2006-00553-01 (SC3726-2020). 5 de octubre de 2020. Magistrado Ponente: Luis Armando Tolosa Villabona

La consecuencia procesal que la norma impugnada hace recaer sobre el demandante diligente, resulta desproporcionada cuando el error en la selección de la competencia y/o la jurisdicción no le es imputable a él de manera exclusiva, sino que puede ser el producto de múltiples factores, que escapan a su control, como pueden ser las incongruencias de todo el engranaje jurídico, o las divergencias doctrinarias y jurisprudenciales existentes en materia de competencia y jurisdicción, y sin embargo, la carga y censura procesal sólo se imponen a él. No se compadece, entonces, que las circunstancias que en un momento dado edifican los conflictos de jurisdicción y competencia, le sean atribuidos a las partes. La actuación al respecto no es del resorte de ellas. Y nadie, en línea de principio, puede ser reprochado por las conductas permisibles o censurables de terceros.