Aduanero y comercio exterior


Ministerio de Comercio, Industria y Turismo prorroga el término para dar respuesta en la investigación por un supuesto dumping en las importaciones de láminas de acrílico

Resolución 176 de 30 de septiembre de 2020 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Teniendo en cuenta que mediante la Resolución número 151 del 26 de agosto de 2020, publicada en el Diario Oficial número 51.419 del 27 de agosto de 2020, la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio ordenó el inicio de una investigación de carácter administrativo para determinar la existencia, el grado y los efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto dumping en las importaciones de láminas de acrílico clasificadas por la subpartida arancelaria 3920.51.00.00, originarias de la República Popular China

Se prorroga hasta el 19 de octubre de 2020, el plazo con que cuentan todas las partes interesadas para dar respuesta a cuestionarios, con el fin de obtener información pertinente y poder contar con elementos de juicio suficientes que permitan adelantar la investigación administrativa iniciada por medio de la Resolución número 151 del 26 de agosto de 2020.

Se prorroga hasta el 20 de noviembre de 2020, el plazo para adoptar la determinación preliminar dentro de la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución número 151 del 26 de agosto de 2020.

Circunstancias especiales para el ingreso de vehículos por zonas no habilitadas por las autoridades aduaneras

Concepto Aduanero No. 775/Radicado No. 902816 de la DIAN del 30 de junio de 2020

La autoridad aduanera puede autorizar de manera excepcional y transitoria, el ingreso de los medios transporte por lugares no habilitados, cuando se den circunstancias especiales, tales como:

  1. La naturaleza de las mercancías,
  2. Las particularidades de la operación logística y
  3. Cualquier otra circunstancia en particular que pudiera catalogarse como especial.

En todos los casos, debe elevarse una solicitud de autorización con la acreditación de las razones que justifican la habilitación de un lugar no habilitado de manera excepcional y transitoria, con el objeto de que la autoridad aduanera la autorice a través de un acto administrativo.

Especificaciones técnicas para el intercambio de información en el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios operadores de zona franca

Resolución No. 096 de 5 de octubre de 2020 de la DIAN
Mediante la Resolución 096 de 05 de octubre de 2020, la DIAN estableció las especificaciones técnicas para el intercambio de información en el cumplimiento de obligaciones por parte de los usuarios operadores de zona franca, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, relacionado con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional.

DIAN informa los valores indicados al arancel total aplicable a las importaciones provenientes de terceros países para productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos

Circular 3902 de 01 de octubre de 2020
En cumplimiento de las disposiciones del Sistema Andino de las Franjas de Precios Agropecuarios (SAFP), según las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, las Resoluciones emanadas de la Junta de la Comunidad Andina y demás normatividad vigente, la DIAN informó los Aranceles Totales para los productos marcadores, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos señalados en dichas Normas.

La suspensión del término para presentar la declaración anticipada no suspende la obligación de su presentación previo al aviso del transportador sobre la llegada del medio de transporte.

Concepto de la DIAN No. 901884 de 29 de mayo de 2020.

Mediante Resolución 30 del 29 de marzo de 2020, la DIAN suspendió los términos de las actuaciones administrativas o jurisdiccionales en sede administrativa, incluidos los procesos disciplinarios.

Sin perjuicio de lo anterior, no se suspendieron las obligaciones del proceso de importación previstas en los capítulos 3 y 4 del Título 5 del Decreto 1165 de 2019, con excepción del término para la presentación de la declaración anticipada consagrada en los artículos 175 del Decreto 1165 de 2019 y 124 la Resolución 046 de 2020.

Así las cosas, la DIAN concluyó que el término para la presentación de la declaración anticipada de que tratan los anteriores artículos sí se encuentra suspendido en los términos de la Resolución 030 de 2020. Lo anterior no significa que se suspenda la obligación de presentar la declaración anticipada antes que el transportador presente el correspondiente aviso de llegada del medio de transporte.