Aduanero y comercio exterior
Se reglamentan las disposiciones relativas a los Sistemas Especiales de Importación – Exportación contempladas en el Decreto 285 de 2020
Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Resolución Número 1055 de Octubre 20 de 2020 (Diario Oficial 51.476, 23 de Octubre de 2020)
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamenta las obligaciones que deben cumplir sus usuarios, las herramientas de control sobre el debido cumplimiento de las mismas, establecer los procedimientos y requisitos para la administración y control de este instrumento y las condiciones y requisitos para la expedición de la autorización, modificación, seguimiento, verificación y certificación del cumplimiento de los compromisos de exportación adquiridos por los usuarios.
Se establece el listado de subpartidas arancelarias de bienes de capital y repuestos a importar en desarrollo de las operaciones de comercio exterior
Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Resolución Número 1054 de Octubre 20 de 2020 (Diario Oficial 51.476, 23 de Octubre de 2020)
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en desarrollo de las operaciones de que tratan los artículos 173 literal c) y 174 del Decreto-Ley 444 de 1967, señala el listado de subpartidas arancelarias de bienes de capital y repuestos a importar en desarrollo de las operaciones de comercio exterior.
DIAN expide concepto sobre la importación temporal para procesamiento industrial
DIAN. Concepto Aduanero No. 1197 (Radicado No. 905349) de septiembre 29 de 2020
Los artículos 244 y 245 del Decreto 1165 de 2019 definen la importación temporal para procesamiento industrial como la modalidad bajo la cual se importan temporalmente materias primas e insumos que van a ser sometidos a transformación, procesamiento o manufactura industrial, por parte de industrias reconocidas como Usuarios Altamente Exportadores y Usuarios Aduaneros Permanentes.
En los artículos referidos no se establece que dicha modalidad de importación pueda ser declarada por los operadores económicos autorizados. Así mismo, no está contemplado en el Decreto 3568 de 2011, ni en los tratamientos especiales previstos en el numeral 2 del artículo 23 del Decreto 1165 de 2019.
Gravámenes Ad-Valórem aplicables a productos agropecuarios de referencia, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos
DIAN Circular 3927 de 28 de octubre de 2020
En cumplimiento de las disposiciones del Sistema Andino de las Franjas de Precios Agropecuarios (SAFP), según las Decisiones de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, las Resoluciones emanadas de la Junta de la Comunidad Andina y demás normatividad vigente, la DIAN informó los Aranceles Totales para los productos marcadores, sus sustitutos, productos agroindustriales o subproductos señalados en dichas Normas.
Los valores señalados corresponden al arancel total aplicable a las importaciones procedentes de terceros países, acorde con el Decreto 547 del 31 de marzo de 1995 y sus modificaciones, por tanto no considera las preferencias arancelarias concedidas en virtud de acuerdos comerciales suscritos por Colombia.