Regulación y novedades COVID-19


Financiero

Creación de una línea de redescuento con tasa compensada de Findeter para financiamiento de las Instituciones de Educación Superior para evitar deserción en sector educativo provocada por Covid-19

Decreto 1280 de 23 de septiembre de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se autoriza a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., -Findeter, a crear una línea de redescuento en pesos con tasa compensada destinada a financiar total o parcialmente los rubros más representativos de la operación de las instituciones de educación superior públicas o privadas, que ofrezcan planes de incentivos, becas o descuentos a las matrículas para la permanencia estudiantil, con el fin de prevenir la deserción de estudiantes que pueda generarse como consecuencia de la crisis económica generada por el Covid-19.

Fondo Nacional de Garantías ajusta las condiciones en los productos de la línea Capital de Trabajo enmarcados dentro del Programa Especial de Garantías “Unidos por Colombia”

Circular Externa No.  56 de 18 de septiembre de 2020 del Fondo Nacional de Garantías

Las siguientes son las modificaciones de algunas condiciones en los productos de la línea Capital de Trabajo del Programa Especial de Garantías “Unidos por Colombia”:

  1. La línea de capital de trabajo estaba conformada por tres productos de garantía, uno de ellos dirigido a Mipymes y los dos restantes dirigidos a microempresarios.
  2. Con el objetivo de atender las necesidades actuales de reactivación económica, se decide reestructurar los productos en función del tamaño empresarial así: un producto para microempresas, un producto para pequeñas empresas y otro producto para medianas empresas.
  3. Se permite el acceso a este producto de garantía a empresas que se encuentren en régimen de insolvencia empresarial (Ley 1116).
  4. El plazo del crédito es de mínimo 12 meses y hasta 60 meses.
  5. El destino del crédito ya no será únicamente para financiar el capital de trabajo sino que ahora también podrá ser destinado a la inversión en activos fijos.
  6. Se amplía el cupo máximo total de los créditos para pequeñas empresas, el cual es ahora de: un billón novecientos setenta y cinco mil millones de pesos.
  7. El monto máximo de crédito para pequeñas empresas será de: cuatrocientos millones de pesos ($4.400.000.000) en valor crédito (los cuales deberán ser garantizables).
  8. Para el tipo de cartera microcrédito, debe tenerse en cuenta que los créditos con valor igual o inferior a 46 SMMLV, deberán garantizarse a través del producto de garantía EMP219 – Unidos por Colombia – Microempresas al 90%.
  9. Para microempresas el monto máximo del producto será de novecientos setenta y cinco mil millones de pesos en valor crédito.
  10. Para microempreas el monto máximo de crédito garantizable serán aquellos créditos otorgados a cada deudor hasta 46 SMMLV ($40.378.892 para el año 2020) por Intermediario Financiero, y la cobertura de la garantía del FNG será de 90%  sobre el saldo insoluto de capital del crédito.

Colombia Productiva y Bancóldex inyectan más recursos a la línea de crédito, para apoyar la implementación de protocolos de seguridad

Comunicado de Prensa de 21 de septiembre de 2020

Colombia Productiva, Bancóldex y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo inyectaron nuevos recursos por $7.000 millones a la línea de crédito Reactívate, para un cupo total aproximado de $14.500 millones. Con esta adición continuará el apoyo a las mipymes que necesitan recursos para la reapertura de sus negocios y la implementación de los protocolos de bioseguridad.

Desde esta semana los colombianos pueden acceder a los subsidios para compra de vivienda No VIS

Comunicado de prensa del Ministerio de Hacienda de 18 de septiembre de 2020

El Gobierno Nacional informó que asignó 100 mil coberturas para créditos hipotecarios y operaciones de leasing habitacional para compra de vivienda nueva No VIS de hasta 500 salarios mínimos ($438 millones). Estas coberturas están disponibles hasta diciembre de 2022, o hasta que se agoten las existencias.

Los adjudicatarios de los beneficios No VIS recibirán mensualmente cerca de $439.000 pesos durante los primeros 7 años del crédito, lo que equivale a un subsidio total de 42 salarios mínimos (más de $36 millones).

Consejo Técnico de Contadores Públicos indicó cada cuánto debe una entidad realizar avalúos para efectos contables durante la pandemia COVID19

Concepto CTCP 1-2020-013796 de 12 de junio de 2020

Las normas de información financiera en Colombia no exigen la realización de avalúos cada 2 o 3 años, las normas de propiedades planta y equipo permiten como una opción adicional al uso del modelo del costo, la aplicación del modelo de revaluación, y también exigen que al cierre de cada período se verifique si el valor en libros de un activo excede su importe recuperable.

Por ello, los avalúos para efectos contables serán realizados cuando una entidad aplique el modelo de revaluación, según las indicaciones y periodicidad establecida en los marcos de información financiera, o cuando existan indicios de que un activo se ha deteriorado, esto es que su valor recuperable (mayor valor entre el valor en uso y el valor razonable menos los costos de venta) sea inferior al valor en libros.

Por efectos de la pandemia, una valoración será requerida solo cuando se identifica que el valor en libros del activo, es superior a su valor recuperable, derivado de su uso o venta.