Regulación y novedades COVID-19


Propiedad intelectual e industrial

Plazos de prescripción de la acción por infracción de derechos de propiedad industrial

Proceso 300-IP-2019 del 22 de abril de 2021. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Las infracciones prescriben a los 2 años contados a partir de la fecha en que el titular tuvo conocimiento de la infracción o a los 5 años contados desde que se cometió la infracción por última vez.

El tribunal señaló los supuestos en los que se pueden presentar los riesgos de infracción y su ámbito de protección.

Requisitos para el registro de marcas y las marcas tridimensionales, Interpretación Prejudicial del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

Proceso 589-IP-2019 Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Interpertación Judical 22 de abril de 2021

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Adminstrativo del Consejo de Estado de la República de Colombia consultó la interpretación del artículo 134 y literal c del artículo 135 de la Decisión 486 que trata sobre el Regimen Común Sobre Propiedad Industrial. Estos hablan sobre la posibilidad de registrar como marca los signos susceptibles de representación gráfica que sean tridimensionales. Para este registro, la marca debe contener el criterio de distintividad que es la capacidad intrínseca que debe tener el signo para distinguir un producto o servicio de otro y el criterio de susceptibilidad de representación gráfica que es la posibilidad de que el signo a registrar como marca pueda ser descrito mediante palabras, gráficos, signos, colores, figuras, entre otros; de tal manera que sus componentes puedan ser apreciados. La consulta iba enmarcada a que la norma no incluye el criterio de perceptibilidad ni si las marcas pueden contener una tercera dimensión, por lo que el tribunal incluyó las marcas en tercera dimensión y enfatizó que este último criterio está implícito en la noción de marca.

Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina se refiere a la composición de los signos denominativos

Comunidad Andina. Tribunal de Justicia la Comunidad Andina. Proceso 69-IP-2020 de marzo 4 de 2021

Los signos denominativos, llamados también nominales o verbales, utilizan expresiones acústicas o fonéticas, formadas por una o varias letras, palabras o números, individual o conjuntamente estructurados, que integran un conjunto o un todo pronunciable, que puede o no tener significado o concepto. Este tipo de signos se subdividen en: sugestivos, que son los que tienen una connotación conceptual que evoca ciertas cualidades o funciones del producto identificado por el signo; y, arbitrarios, que no manifiestan conexión alguna entre su significado y la naturaleza, cualidades y funciones del producto que va a identificar. Estos elementos, al ser apreciados en su conjunto, producen en el consumidor una idea sobre el signo que le permite diferenciarlo de otros existentes en el mercado.

Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina señala los criterios para determinar el nivel inventivo de una patente

Comunidad Andina. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Proceso 474-IP-20219 de marzo 4 de 2021

Para determinar el nivel inventivo de una solicitud de patente de invención el Manual para el Examen de Solicitudes de Patentes de Invención en las Oficinas de Propiedad Industrial de los Países de la Comunidad Andina señala los siguientes criterios:

  1. El nivel inventivo implica un proceso creativo, por lo que la materia técnica de la invención reivindicada cuya protección se pretende no debe derivar del estado de la técnica en forma evidente para un técnico con conocimientos medios en la materia, en la fecha de la presentación de la solicitud o de la prioridad reconocida.
  2. El examinador debe determinar si la invención reivindicada es inventiva o no; no hay respuestas intermedias. La existencia o inexistencia de alguna ventaja técnica no es un criterio absoluto para reconocer o no el nivel inventivo.
  3. El examinador al efectuar el análisis debe evitar cualquier tipo de subjetividad y no basarse en sus propias apreciaciones personales.

En tal sentido, el examinador tiene la carga de probar que la invención carece de nivel inventivo, considerando las diferencias entre la invención definida por las reivindicaciones y el estado de la técnica más cercano.

Tribunal de Justicia Andina explica qué protección brinda la marca notoria

Comunidad Andina. Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Proceso 443-IP-2019 de marzo 4 de 2021

La marca notoria regulada en la Decisión 486 rompe el principio de especialidad en forma relativa, de modo que es protegida respecto de: a) productos o servicios idénticos, similares y aquellos con los que existe conexión competitiva; b) aquellos productos o servicios diferentes que se encuentran dentro del sector pertinente; y, o) cualquier tipo de producto o servicio cuyo uso fuese susceptible de causar un riesgo de confusión o asociación con el titular de la marca notoria o sus productos o servicios; un aprovechamiento injusto del prestigio del signo notorio; o la dilución de su fuerza distintiva o de su valor comercial o publicitario.