Las actividades de intermediación laboral o de suministro de trabajadores en misión son propias de las empresas de servicios temporales y no de las cooperativas de trabajo asociado

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 76291 (SL3221-2020). 1 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Omar de Jesús Restrepo Ochoa La Corte Suprema de Justicia señaló que cuando bajo el pretexto de una externalización de actividades, el empresario...