Regulación y novedades COVID-19
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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamenta la metodología para el cálculo de la tasa y costo de servicios prestados por el ICA
Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural. Decreto Número 087 de enero 27 de 2021
Se desarrolla una metodología de cálculo de la tarifa de la tasa a partir del método y el sistema establecidos en la Ley 1955 de 2019, como base para la recuperación de los costos de los servicios prestados por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), de acuerdo con lo que establece el parágrafo del artículo 158 de la mencionada disposición normativa, y establecer la clasificación de los grupos de servicios derivados de los hechos generados que servirán de base para que el ICA fije la tarifa.
Corte Suprema de Justicia explica el régimen de las restituciones mutuas derivadas de la anulación del contrato de promesa
Corte Suprema. Sala de Casación Civil. Radicación No. 68001-31-03-008-2011-00068-02 (SC002-2021). 18 de enero de 2021. Magistrado ponente: Luis Alonso Rico Puerta
La Corte señaló que la declaratoria de nulidad absoluta conlleva que la convención viciada pierda la aptitud para producir cualquier consecuencia jurídica; para todos los efectos «se considera el contrato como no realizado (nullum est negotium; nihil est actum)», de modo que sus secuelas obligacionales desaparecen ex tunc, como si jamás se hubiera celebrado. De ahí que el artículo 1746 del Código Civil preceptúe que «[l]a nulidad pronunciada en sentencia (…) da a las partes derecho para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato nulo; sin perjuicio de lo prevenido sobre el objeto o causa ilícita». Consecuente con lo expuesto, la nulidad que afecta la promesa de compraventa comporta la aniquilación de su prestación principal –de hacer–, consistente en celebrar el contrato prometido, una vez acaezca el plazo o la condición establecida para ello. Pero también impone retrotraer todos los actos de los estipulantes, orientados a anticipar el cumplimiento de algunos débitos propios de ese convenio definitivo, como ocurre, a modo ejemplo, cuando el promitente comprador abona anteladamente una parte del precio, o cuando el promitente vendedor entrega, también ex ante, la cosa prometida en venta.
Corte Constitucional explica el alcance de la libertad de expresión en el Internet
Corte Constitucional. Sentencia T-362 de 31 de agosto de 2020. Magistrado Sustanciador: Luis Guillermo Guerrero Pérez
Las prerrogativas de la libertad de expresión se aplican también para su ejercicio en Internet, aunque existen diversas especificidades de este medio de intercambio de información que deben ser tenidas en cuenta para asegurar un adecuado desenvolvimiento del derecho en este ámbito. Internet supone una transformación radical en la forma en que los individuos se comunican entre sí, y con el mundo. Esta plataforma ha potenciado y creado nuevas formas de compartir el conocimiento y la información; así como un espectro infinito de posibilidades para recibirla, buscarla y encontrarla. En la red, las distancias desaparecen y la posibilidad de llegar a miles de personas en segundos es una realidad. De acuerdo con la relatoría especial para la libertad de expresión de la CIDH, “en la actualidad, el derecho a la libertad de expresión encuentra en Internet un instrumento único para desplegar, incrementalmente, su enorme potencial en amplios sectores de la población.”
Corte Constitucional declara exequible el Decreto Legislativo 810 de 4 de junio de 2020, “[p]or el cual se crea el patrimonio autónomo para el emprendimiento, la formalización y el fortalecimiento empresarial de las mujeres, con el fin de mitigar los efectos de la Emergencia Económica, Social y Ecológica”.
Corte Constitucional. Sentencia C-396 de 09 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: José Fernando Reyes Cuartas
La Corte considera que el decreto bajo examen supera el juicio examinado, ya que no comporta segregación alguna, fundada en razones de sexo, raza, lengua, religión, origen nacional o familiar, opinión política o filosófica o de otras categorías sospechosas. Al contrario, las disposiciones examinadas no solo encuentran respaldo en la Constitución, sino que además materializan la igualdad material que propugna el artículo 13 superior, pues el establecimiento del patrimonio autónomo representa un mecanismo para la reactivación económica y la generación de nuevos empleos en beneficio de un grupo poblacional altamente discriminado por razón de su género. Como lo señalaron los intervinientes y la Vista Fiscal, en términos generales, se trata de un conjunto de acciones en favor de un grupo históricamente discriminado y que, por tanto, requerían determinaciones estatales a su favor.
Corte Constitucional declara constitucionales medidas en materia de vivienda adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria
Corte Constitucional. Sentencia C-310 de 12 de agosto de 2020. Magistrado Sustanciador: Luis Guillermo Guerrero Pérez
En condiciones normales, los trabajos de demolición, construcción o reparación de obras, en zonas residenciales, están sujetas a lo previsto en la Ley 1801 de 2016. El artículo 135.24 de esta ley prevé, a modo de regla, que realizar dichas actividades, en tales zonas, los días festivos y, en los demás días, en el horario comprendido entre las 6 de la tarde y las 8 de la mañana es un comportamiento contrario a la integridad urbanística, sancionable con la medida correctiva de suspensión de construcción o demolición. En la misma ley, el artículo 151 establece como excepción que tales actividades pueden realizarse en las zonas aludidas, cuando se obtiene un permiso excepcional.