Regulación y novedades COVID-19


Sector minero energético

Agencia Nacional de Minería define y reserva unas áreas con potencial para minerales estratégicos en el territorio nacional

Agencia Nacional De Minería. Resolución VPPF Número 030 de marzo 11 de 2021 (Diario Oficial 51.613, 11 de Marzo de 2021)

Se definen y reservan las siguientes áreas libres como Zonas Reservadas Con Potencial para minerales Cobre (Cu) y sus minerales asociados, derivados o concentrados, con el fin de continuar su proceso de análisis y, de resultar viable su delimitación y declaración como Áreas de Reserva Estratégica Minera, proceder previamente a esa declaratoria con los procedimientos y actividades exigidos para la misma, de conformidad con las consideraciones expuestas en la presente resolución; las cuales tienen una extensión total de 1.521,9748 hectáreas contenidas en dos bloques o polígonos conformados por las celdas dispuestas en el visor geográfico del Sistema Integral de Gestión Minera – Anna Minería.

DIAN expide concepto sobre la exclusión del IVA en la importación y la adquisición de equipos, elementos y maquinaria, para producción y utilización de energía

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 080 (Radicado No. 900591 de enero 28 de 2021)

La certificación que soporta la procedencia de la exclusión puede ser obtenida con posterioridad a la realización de la venta o la presentación de la declaración de importación y remite expresamente al procedimiento para obtener la devolución del impuesto pagado. Para finalizar, es importante informar que el artículo 1.2.1.18.78. del Decreto 1625 de 2016 dispone el procedimiento para solicitar la certificación ante la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME que acredita la procedencia de la exclusión del impuesto sobre las ventas -IVA de que trata el artículo 12 de la Ley 1715 de 2014. Adicionalmente, el parágrafo 1o del mismo artículo dispone que la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME expedirá los procedimientos específicos a través de actos administrativos, los cuales serán debidamente registrados ante el Sistema Único de Información de Trámites -SUIT.

Agencia Nacional de Hidrocarburos introduce cambios al proceso de selección para el desarrollo de Proyectos de investigación sobre la utilización en Yacimientos No Convencionales de la técnica de Fracturamiento Hidráulico Multietapa con Perforación Horizontal – FHPH (Proceso CEPI)

Acuerdo No. 04 de 26 de febrero de 2021 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos

Las siguientes son las modificaciones que hizo la ANH al Acuerdo 06 de 2020:

  1. Requisitos de la Contraoferta:
    1. En la promesa de pago no se incluirá el valor que hubiere sido acreditado al cumplimiento de los compromisos exploratorios de otros contratos o convenios.
    2. Las facilidades que hayan sido construidas para la ejecución del Contrato Especial de Proyecto de Investigación (“CEPI”) podrán ser utilizadas en beneficio de la operación del contrato resultante del ejercicio del derecho de nominación de área, así como para los contratos de exploración y producción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales y en los contratos adicionales de exploración y producción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales, cuando se levante la suspensión de los mismos mediante régimen jurídico que permita su desarrollo.
  2. Acreditación de Compromisos: La inversión ejecutada en: (i) el programa de actividades de investigación y operacionales; (ii) actividades no operacionales necesarias para el desarrollo del PPII; y (iii) todas aquellas actividades que estén directamente relacionadas con el PPII y que el titular someta a verificación de la ANH con tal propósito, dará derecho al titular del respectivo CEPI de acreditar el valor en ellas invertido a:
    1. El cumplimiento de los compromisos del programa exploratorio mínimo, adicional y posterior de contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos convencionales, contratos adicionales, convenios o convenios adicionales o contratos de exploración y producción de yacimientos no convencionales que se suscriban como consecuencia del ejercicio del derecho de nominación de área u otros contratos que se celebren con la ANH con el objeto de explorar y/o producir hidrocarburos.
    2. El cumplimiento de compromisos exploratorios pendientes de ejecutar o inversión remanente en favor de la ANH en contratos y convenios de exploración y producción suspendidos, o que hayan sido objeto de renuncia a la fecha de entrada en vigencia del acuerdo, previa verificación por parte de la ANH del valor ejecutado en el desarrollo del programa de actividades de investigación y operacionales.

La Agencia Nacional de Minería adiciona los criterios uniformes para participar en procesos de selección objetiva para la adjudicación de Áreas de Reserva Estratégica Minera

Agencia Nacional De Minería. Resolución Número 115 de marzo 3 de 2021 (Diario Oficial 51.606, 04 de Marzo de 2021)

Se adiciona el parágrafo 2° a los artículos 26, 33 y 40 de la Resolución 083 de 2021, el cual quedará así: “Parágrafo 2º. Los participantes deberán presentar la certificación descrita en el literal a), y adicionalmente, al menos uno de los requisitos técnicos habilitantes previstos en este artículo.”