Regulación y novedades COVID-19


Sociedades/ reorganización/ insolvencia

El Congreso de la República aprueba la ley que fija el marco regulatorio para impulsar el emprendimiento en Colombia

Ley 2069 de diciembre 31 de 2020

Se establece el marco regulatorio que propicie el emprendimiento y el crecimiento, consolidación y sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y generar equidad. Dicho marco delineará un enfoque regionalizado de acuerdo a las realidades socioeconómicos de cada región.

  1. Medidas de apoyo a las Mipymes
    1. Establecimiento de tarifas diferenciadas del registro ante el INVIMA
    2. Fijación de tarifas del impuesto departamental de registro
    3. Causal de disolución por no cumplimiento de la hipótesis de  negocio en marcha

Constituirá causal de disolución de una sociedad comercial el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente

    1. Mecanismo exploratorio de regulación para modelos innovadores en industrias (sandbox):

Consiste en el desarrollo de modelos de negocio que apalanquen e  impulsen la economía de alto valor agregado y  sostenible en distintos ámbitos, a partir de la promoción de actividades intensivas en tecnología, innovación, uso sostenible del capital natural y/o tendientes a la mitigación de la acción climática.

Estos ambientes de prueba evaluarán el funcionamiento y los efectos de nuevas tecnologías o  innovaciones en la regulación vigente, para determinar la viabilidad de su implementación y/o la necesidad de establecer una flexibilización del marco regulatorio existente o la simplificación de los trámites.

    1. Modificación del artículo 182 del Código de Comercio, el cual quedará así

“En la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y  decidirá. En las reuniones ordinarias la asamblea podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de los directores o de cualquier asociado. La junta de socios o la asamblea se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la totalidad de los asociados, Quienes conforme al artículo anterior puedan convocar a la junta de socios o  a la asamblea, deberán hacerlo también cuando lo solicite un número de asociados representantes del 10% o más del capital social.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. Debido a las circunstancias de fuerza mayor que están alterando la salud pública y el orden público económico, el Gobierno Nacional podrá establecer el tiempo y la forma de la convocatoria y las reuniones ordinarias del máximo órgano social de las personas jurídicas, incluidas las reuniones por derecho propio, para el año 2021 y las disposiciones necesarias para las reuniones pendientes del ejercicio 2020″.

    1. Creación del Sistema de información para actividades económicas informales

El DANE diseñará e implementará y administrará el Sistema de Información de Actividades Económicas Informales (SIECI), como instrumento estadístico para identificar y  caracterizar unidades económicas para el diseño e implementación de políticas públicas orientadas a la formalización empresaria.

    1. Contabilidad Simplificada para microempresas

Se modifica el artículo 2 de la Ley 1314 de 2009 en el sentido de establecer las condiciones en que las microempresas, ya sean personas naturales o jurídicas que, de acuerdo con la normatividad vigente, estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros y otra información financiera, de su promulqación y asequramiento, puedan llevar a cabo una contabilidad simplificada.

En atención al volumen de sus activos, de sus ingresos, al número de sus empleados, a su forma de organización jurídica o de sus circunstancias socioeconómicas, el Gobierno autorizará de manera general que ciertos obligados lleven contabilidad simplificada, emitan estados financieros y revelaciones abreviados o que estos sean objeto de aseguramiento de información de nivel moderado.

El Gobierno podrá autorizar que las microempresas lleven contabilidad de acumulación, o de caja, o métodos mixtos, según la realidad de sus operaciones, así como según los criterios enumerados en el párrafo anterior.

  1. Alianzas para la promoción del desarrollo empresarial y la inclusión financiera de los micronegocios

El Ministerio de Comercio, Industria y  Turismo podrá concertar y ejecutar programas, planes y proyectos para la profundización de los microcréditos, como instrumento de creación, formalización de las microempresas y de generación de empleo, directamente con entidades sin ánimo de lucro, entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o por la Superintendencia de la Economía Solidaria y/o con sociedades comerciales que otorguen mecanismos de financiamiento como una de las actividades principales para el desarrollo de su objeto social y que sean de reconocida idoneidad, incluyendo a las sociedades comerciales no captadoras y aquellas basadas en tecnología Fintech.

  1. Excepción para las Zonas Económicas Especiales

Se exceptúa a las sociedades comerciales que durante el año 2020 se acogieron en el régimen especial en materia tributaria ZESE, de cumplir el requisito de generación empleo durante dicha vigencia. Este requisito, deberá tener cumplimiento a partir del año 2021

  1. Franquicias

El Gobierno Nacional promoverá el modelo de franquicias como alternativa para el emprendimiento y la expansión de MiPymes. Para estos efectos, reglamentará las condiciones técnicas que definen la franquicia, las obligaciones y el régimen de responsabilidad del franquiciante y el franquiciado, a que haya lugar. Las condiciones técnicas y  estrategias definidas por el Gobierno Nacional para promover el modelo de franquicias como alternativa de emprendimiento, en ningún momento podrán representar mayores beneficios que los implementados para promover la creación de nuevas empresas.

  1. Interoperabilidad Entre La Ventanilla Única Empresarial Y El Sistema De Afiliación Transaccional

Las instituciones públicas y  privadas que integran el Sistema de Seguridad Social Integral y el Sistema de Subsidio Familiar, y la DIAN, con el fin de simplificar y facilitar la formalización laboral, deberán interoperar con el Sistema de Afiliación Transaccional y este a su vez con la Ventanilla Única Empresarial (VUE) los procesos de creación y  operación de empresas, para lo cual deberán realizar los ajustes normativos y  tecnológicos necesarios a  más tardar dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de la presente Ley.

  1. Afiliación a Cajas de Compensación Familiar

Se modifica el artículo 57 de la Ley 21 de 1982, modificado por el artículo 139 del Decreto Ley 019 de 2012 en relación con la obligación de las cajas de compensación de afiliar a  todo empleador, trabajador independiente y  pensionado y la información que deben aportar.

  1. Se modifican los siguientes bienes que no causaban impuesto sobre las ventas, los cuales pasan a ser bienes exentos de IVA con derecho a compensación y devolución:
  • Inversor de energía para sistema de energía solar con paneles.
  • Paneles solares.
  • Controlador de carga para el sistema de energía solar con paneles.
  1. Activos De Conexión Para La Transición Energética.

La autoridad ambiental competente no exigirá la presentación del Diagnóstico Ambiental de Alternativas-DAA del que trata la Ley 99 de 1993 o aquella que la modifique, sustituya o  adicione, para los activos de conexión al Sistema Interconectado Nacional, de aquellos proyectos de generación de energía eléctrica que decidan compartir dichos activos conexión en los términos definidos por la regulación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, o el Ministerio de Minas y  Energía cuando este decida reasumir tal función.

  1. Visa Para Nómadas Digitales, Emprendedores Y Trabajadores Remotos.

El Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Relaciones Exteriores expedirá un régimen especial para el ingreso, permanencia y  trabajo en el país de los denominados «nómadas digitales», los cuales incluyen a  personas dedicadas a realizar trabajo remoto y/o independiente, incluyendo las modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia y/o trabajo remoto, con el propósito de promover al país como un centro de trabajo remoto en el marco de la cuarta revolución. Se requerirá la acreditación de un servicio de asistencia médica durante su permanencia en el País.

  1. Se habilita el trabajo remoto como una figura diferente al teletrabajo para garantizar la generación de empleo en el país, y la consolidación y crecimiento de las empresas.
  2. Firma digital de documentos

El Gobierno Nacional reglamentará el uso de la firma electrónica y digital en el país, en un término no mayor a los siguientes seis (6) meses a partir de la vigencia de esta ley, para que se utilice en la suscripción de documentos de carácter privado y  público, como una herramienta para facilitar la innovación y transformación digital.

  1. Constitución de asociaciones mutuales

Las Asociaciones Mutuales se constituirán con un mínimo de diez (10) personas naturales, por documento privado que se hará constar en acta firmada por todos los asociados fundadores, con anotación de sus nombres, documentos de identificación y domicilios. En el mismo acto será aprobado el estatuto social y elegidos los órganos de administración y control.

Las Asociaciones Mutuales son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y  satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social, seguridad alimentaria y  producción, transformación y  comercialización de la Economía Campesina Familiar y  Comunitaria -ECFC y en general, las actividades que permitan satisfacer las necesidades de diversa índole de sus asociados.

  1. Microseguros.

El Gobierno Nacional establecerá una reglamentación que incentive y promueva los microseguros como una herramienta de protección y consolidación del tejido empresarial en el país. Esta reglamentación que se expida deberá establecer políticas, mecanismos, programas e instrumentos que permitan el acceso a estos seguros y su uso en los emprendimientos nacionales.

  1. Del Establecimiento Del Seguro Mipyme.

Se establece el seguro de Mipyme en Colombia, como instrumento para incentivar y  proteger el emprendimiento, crecimiento, consolidación y  sostenibilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas, como estrategia para coadyuvar el desarrollo global del país. El objeto del seguro es la protección de la totalidad o  parte de los apoyos y/o inversiones financiadas con recursos de las entidades estatales, recursos del Presupuesto General de la Nación o  con recursos propios del micro, pequeño y mediano empresario. El seguro podrá abarcar tanto el daño emergente como el lucro cesante. Las tarifas de las pólizas expedidas en el desarrollo de lo dispuesto por el presente artículo deberán cumplir los requisitos técnicos establecidos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero o en las normas que lo sustituyan o adicionen. Son entidades facultades para expedir estas pólizas, las compañías de seguros, públicas y  privadas, vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

  1. Devolución de saldos a favor en el impuesto sobre las ventas

Los saldos a favor generados en el impuesto sobre las ventas IVA por la venta de bienes exentos de manera transitorio en aplicación de los Decretos Legislativos 438 y  552 de 2020, podrán ser solicitados en devolución y/o compensación en proporción a los bienes vendidos, hasta por el término de duración de las emergencias sanitarias declaradas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19. Una vez terminada las emergencias declaradas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID­19 los saldos a  favor en el impuesto sobre las ventas IVA  que no hayan sido solicitados en devolución y/o compensación solo podrán ser imputados en las declaraciones de los periodos siguientes.

  1. Multas COVID-19.

Con el fin de impulsar la demanda y reactivación del tejido empresarial a través del consumo, a partir de la promulgación de la presente ley, por única vez y  hasta el 30 de junio de 2021, todas las personas naturales infractoras de las normas del Código Nacional de Seguridad y  Convivencia Ciudadana, decretos del orden nacional, departamental, municipal o  distrital, dictados a  fin de contener la pandemia de la Covid-19, que tengan pendiente el pago de las multas, estén pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por contravenciones impuestas hasta el 31 de agosto de 2020, fecha en que finalizó el aislamiento preventivo obligatorio, podrán acogerse a  un descuento de hasta el sesenta por ciento (60%) del total de su deuda y  del cien por ciento (100%) de sus respectivos intereses, conforme lo reglamente cada entidad departamental, municipal o distrital.

  1. Promoción del acceso a mipymes al mercado de compras públicas
  2. Medidas de acceso al financiamiento

A través del fondo nacional de garantías, sistemas de microcrédito, inversiones en ciencia, tecnología e innovación, actividad de financiación colaborativa,

  1. Emprendimiento, Formalización, Fortalecimiento Y Financiación De Emprendimientos Y Empresas De Mujeres
  2. Emprendimientos sociales, emprendimientos verdes
  3. Creación de la red regional para el emprendimiento
  4. Se crea el sistema nacional de apoyo a las mipymes
  5. Medidas de educación y emprendimiento

Consejo Técnico de la Contaduría Pública se pronuncia sobre los efectos del no registro en la cámara de comercio del nombramiento del revisor fiscal

Consejo Técnico De La Contaduría Pública. Concepto Jurídico No. 1086 de noviembre 27 de 2020

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública señaló que la designación del revisor fiscal tiene en el Código de Comercio una formalidad adicional (registro en la Cámara de Comercio), pero su omisión no afecta o supedita la existencia y validez del acto de nombramiento, pues una vez elegido el revisor fiscal él debe iniciar el cumplimiento de sus funciones y asumir las obligaciones y responsabilidades propias de su cargo, por ello se dice que el registro mercantil es un acto declarativo, mas no constitutivo.

Se modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades

Decreto 1736 de 22 de diciembre de 2020

Con los ajustes a la estructura de la Superintendencia de Sociales se busca, principalmente, fortalecer y desconcentrar varias de las funciones asignadas a las delegaturas y fortalecer los procedimientos judiciales, lo cual permitirá mejorar los tiempos de respuesta al ciudadano.

Superintendencia de Sociedades se pronuncia sobre si son permitidos los préstamos de accionistas a sociedades comerciales

Superintendencia De Sociedades. Concepto Jurídico No. 220-223041 de noviembre 14 de 2020

Los contratos de mutuo celebrados entre la sociedad y los socios, cualquiera sea su tipo societario, no están prohibidos por la ley, sin perjuicio de que en los estatutos sociales se pueda establecer una prohibición en tal sentido.

Cabe señalar que dicha relación está sujeta por regla general a las condiciones que hubieren sido acordadas entre la sociedad y los socios acreedores, conforme a lo previsto dentro de los términos del contrato de mutuo y las normas aplicables al mismo. Al respecto, dichas operaciones deben ser desplegadas por la sociedad en desarrollo del objeto social y dentro del giro ordinario de los negocios de la empresa, ya que de acuerdo a lo previsto en el artículo 99 del Código de Comercio, la capacidad de la sociedad se circunscribe al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto, por lo tanto, todo acto que se ejecute debe estar relacionado directamente con su objeto social, sin perder de vista que cualquier extralimitación compromete la responsabilidad de los administradores en la ejecución de dichos actos.

Se modifica parcialmente el marco normativo sobre intervención por captación de dineros del público sin autorización Estatal

Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo. Decreto Número 1735 de diciembre 22 de 2020

Las autoridades registrales deberán garantizar la efectividad de las medidas adoptadas en el marco del Decreto Ley 4334 de 2008, sobre los sujetos, operaciones y negocios, para lo cual deberán crear códigos registra les que garanticen el registro de las decisiones administrativas y judiciales, tales como «medida cautelar sobre negocios y operaciones objeto de intervención» y «Transferencia de Dominio para la integración de la Masa de Intervención», o las que se consideren adecuadas y necesarias al efecto.