Regulación y novedades COVID-19


Tributario

Se modifica la función de emitir concepto favorable o desfavorable al Comité para Evaluación del Comportamiento Tributario, Aduanero y Cambiario

Resolución 093 de 28 de septiembre de 2020 de la DIAN.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3  del  Decreto  1120  del  12  de  agosto  de  2020,  se  designa  la función  de  emitir  concepto favorable   o   desfavorable   al   Comité   para   Evaluación   del   Comportamiento   Tributario, Aduanero  y  Cambiario,  de  que  trata  el  artículo  644  de  la  Resolución  046  de  2019. El concepto será comunicado al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante oficio firmado por el Director de Gestión de Fiscalización.

Cuando el solicitante no esté a paz y salvo por cualquier concepto, la DIAN informará al Ministerio de Comercio con el fin de que el usuario se ponga al día y pueda acreditar ante esa entidad la no existencia de deudas insolutas con el certificado de situación tributaria.

DIAN indicó que las donaciones realizadas a una ESAL que no forma parte del Régimen Tributario Especial (RTE), no otorgan beneficios tributarios

Concepto DIAN 901378 de 04 de mayo de 2020
Las donaciones realizadas a entidades sin ánimo de lucro que no forman parte del Régimen Tributario Especial, no otorgan beneficio tributario al donante y constituyen un ingreso para estas entidades que, se reitera, son contribuyentes del régimen ordinario del impuesto sobre la renta. En consecuencia, estos ingresos deberán declararse y harán parte de la depuración de que trata el artículo 26 del Estatuto Tributario.

Concepto de la DIAN sobre el cálculo del aumento de empleo directo en una fusión empresarial para el régimen especial de las ZESE

DIAN Concepto No. 902641 de 25 de junio de 2020

En las fusiones por absorción, la sociedad absorbente deberá calcular el aumento del 15% del empleo directo generado.

 Para lo anterior, se deberá tomar como base el promedio de trabajadores vinculados en los 2 últimos años gravables anteriores al año fiscal en que inicie la aplicación de la tarifa diferencial del impuesto sobre la renta del régimen especial en materia tributaria – ZESE.

El promedio se obtiene de la sumatoria de los trabajadores vinculados a (i) las sociedades objeto del proceso de fusión y (ii) la sociedad absorbente resultante de dicho proceso de fusión.