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Financiero

Superintendencia Financiera de Colombia divulga la rentabilidad a utilizar en el traslado de recursos del Régimen de Prima Media al RAIS

Superintendencia Financiera De Colombia. Carta Circular Número 12 de febrero 08 de 2021

La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 061 de 2008, incorporada al numeral 3.2, capítulo I, Título III, Parte II de la Circular Básica Jurídica mediante la cual estableció la metodología de cálculo de dicha rentabilidad y dispuso que la misma fuera divulgada mensualmente a través de carta circular. Teniendo en cuenta lo anterior, esta Superintendencia informa que la rentabilidad del mes de enero de 2021, a tener en cuenta para el traslado de los recursos pensionales del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, es del 0.24 % efectivo mensual.

Ministerio de Hacienda modifica el régimen de revelación de información por parte de los emisores de valores

Ministerio De Hacienda Y Crédito Público. Decreto No. 151 de febrero 10 de 2021

Los emisores de valores deberán mantener permanentemente actualizado el Registro Nacional de Valores y Emisores – RNVE remitiendo a la Superintendencia Financiera de Colombia la información periódica y relevante de que trata el presente Título, las cuales deberán igualmente ser enviadas a los sistemas de negociación en los que se negocien dichos valores, cuando a ello haya lugar, dentro de los mismos plazos establecidos para el envío a la Superintendencia Financiera de Colombia.

Supersolidaria aclara la fecha límite de pago de la primera cuota de la tasa de contribución del año 2021

Superintendencia De La Economía Solidaria. Circular Externa Número 25 de enero 29 de 2021 (Diario Oficial 51.572, 29 de Enero de 2021)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, esta Superintendencia procede a efectuar aclaración de la fecha límite de pago de la primera cuota de la Tasa de Contribución, establecida en la Circular Externa número 24 de 2021 “Cobro Tasa de Contribución Año 2021”.

Consejo de Estado señala cuáles son las obligaciones del fiduciario como encargado del patrimonio autónomo

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Primera. Radicación número: 25000-23-41-000-2014-01535-01A. 03 de diciembre de 2020. Consejera Ponente: Nubia Margoth Peña Garzón

El fiduciario como encargado del patrimonio autónomo no solo debe celebrar y ejecutar diligentemente todos los actos jurídicos necesarios para dar cumplimiento al fideicomiso, sino que además debe proteger y defender los bienes que le fueron encomendados y que hacen parte del patrimonio autónomo que fue conformado, lo cual implica protegerlos de terceros, del beneficiario o del mismo fideicomitente.